Más protección para jóvenes y mujeres

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La reforma previsional se sigue implementando con éxito a lo largo de todo el país y cumpliendo plenamente con las etapas y los objetivos establecidos en la ley. Hoy 1 de octubre entra en ejecución una serie de beneficios nuevos, entre los cuales destacamos dos especialmente relevantes, en la medida en que fortalecen la protección de dos sectores vulnerables: las mujeres y los jóvenes.

 

El primero de ellos es la división de saldos de las cuentas de capitalización individual en caso de divorcio o de nulidad. La ley establece que se podrán dividir dichos fondos acumulados para pensión de uno de los cónyuges cuando el juez considere que hubo menoscabo económico del otro. Este monto de compensación no podrá ser mayor a 50% de lo acumulado en dicha cuenta en exclusiva durante la unión matrimonial. Esta medida sólo será aplicable a los juicios de nulidad o divorcio que se inicien después de octubre.

 

La ley de divorcio, atendiendo a la experiencia, estipula que el juez puede determinar que hubo menoscabo si, como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería. Ello le da derecho a compensaciones, lo que ahora incluye parte de los fondos previsionales del cónyuge. Cabe destacar que esto podría beneficiar tanto a un hombre como a una mujer, pero en general se entiende que será un beneficio que se hará extensivo fundamentalmente a las mujeres.

 

Esta medida complementa otras que la reforma ha establecido en pro de la equidad de género, como el bono por hijo nacido vivo y adoptado, y los beneficios que derivan de la separación del seguro de invalidez y sobrevivencia entre hombres y mujeres. A ello se agrega que las principales beneficiarias de las pensiones básicas solidarias de vejez son mujeres.

 

El segundo beneficio es muy importante tanto para el corto plazo, por el fomento al empleo joven, como para el largo plazo, esto es para la calidad de vida de los mismos en la vejez. Se ha calculado que los diez primeros años de cotizaciones de una persona representan 50% de la pensión final que se obtendrá en la vejez. Ello porque los recursos de las cuentas de capitalización individual van acumulando rentabilidad año a año, y mientras más tiempo estén guardados, más ganancias acumulan. De este modo, mientras antes se incorporen los jóvenes al sistema, mayor será su calidad de vida en la vejez.

 

En esta materia, la reforma previsional ha contemplado dos subsidios: uno a la contratación y otro a las cotizaciones de los jóvenes. El subsidio a la contratación es el que entra en aplicación el 1 de octubre. Está dirigido a aquellos empleadores que tengan contratados a trabajadores que reciban ingresos iguales o inferiores a 1,5 veces el ingreso mínimo mensual (lo que hoy equivale a 238 mil 500 pesos). Tiene por objetivo fomentar la contratación juvenil y, además, incentivar la formalización del trabajo, lo que da acceso a la protección social. El monto del subsidio equivale a 50% de la cotización previsional calculada sobre un ingreso mínimo. A futuro está previsto un subsidio directo a la cotización del trabajador joven, por el mismo monto y condiciones que el subsidio a la contratación.

 

Estamos, pues, en presencia de dos instrumentos que consolidan la implementación de la reforma previsional. Se profundiza la protección a las mujeres, un sector vulnerable en términos de protección social, y se otorgan estímulos para la contratación de jóvenes, fomentando su acceso a empleos decentes, área prioritaria de acción en el contexto de incertidumbre económica que afecta a todas las economías del mundo, y del cual no podemos abstraernos 

 
Saludos
OAL.

¿Qué facultádes tendrá la Dirección del Trabajo? ... ahora podré denunciar a BancoEstado por simulación laboral y contratar a suministro externo en forma indefinida?

Fuerza Sr. Ministro, vamos, hay que apresurar las "Leyes Misceláneas" antes de que el jefe de departamento encuentre otra forma de abusar de los trabajadores que el considera de segunda categoría y se rían de nosotros en sus agradecimientos:

TRABAJADORES CONTRATISTAS

La empresa (BancoEstado) valora el aporte laboral de los trabajadores subcontratados y suministrados que se desempeñan en actividades externalizadas de BancoEstado y se compromete a mantener políticas activas de supervisión del cumplimiento de los derechos laborales y previsionales de estos trabajadores, así como a propender al mejoramiento de sus condiciones, elevando de manera permanente los estándares laborales en los contratos suscritos con las empresas externas. Lo anterior en concordancia con los acuerdos establecidos en la alianza estratégica suscrita entre las partes.

¿? ...

Estimado Ministro OSVALDO ANDRADE LARA. Me dirijo a usted, para comunicarle que escribí un correo electrónico, en relación al proceso de jubilación de mi marido. Me respondieron que  remitieron los antecedentes al Gabinete del cual usted es Ministro del Trabajo y Previsión Social con competencia al I.N.P.

Señor Ministro, sobre el particular le informo me respondieron que ya usted había tomado conocimiento, de lo planteado. Usted comprenderá' estamos sin sueldo desde abril 2007en la cual a mi marido le fue' cesada su pensión'. El I.N.P. le solicito reevaluación', se hizo todo, por el compin de Iquique. Se enviaron todos los antecedentes al I.N.P. Y AUN ESTAMOS ESPERANDO RESPUESTA, DE DICHO ORGANISMO, MINISTRO estoy enferma tenemos tres hijos estudiando en universidad  Gabriel, Joaquín, Camilo hay que apoyarlos

Ya no se como? he tenido que vender varios enseres muebles living todo 

Para poder estar unidos en familia.. Mi marido esta enfermo el año 2000 sufrió un infarto al miocardio su columna esta delicada ya no puede trabajar en nada; hombre de trabajo pesado, toda su vida trabajó en la mar con sus imposiciones.

Don  Osvaldo Andrade L. solo apelo a su buen juicio para que me apoye y acelere el proceso en lo que solicito

 

Saludos Atentamente a Usted

Isabel  Atenas Medina Rivera   

 

                                    

Señor Ministro

soy estudiante de trabajo social de la universidad catolica  y junto con dos compañeras más tenemos que realizar un trabajo acerca de la reforma previsional.

Uno de los requisitos que se nos pide es realizar entrevistas a personas involucradas en la creación o ejecucion de la reforma previsional

Por eso, necesito que nos sugiera nombres de expertos conocedores de este tema y , si es posible,como ubicarlos

de antemano, muchas gracias

catalina colihuinca

 

Estimado Ministro:

Le saludo por el blog y quería preguntarle si existe alguna protección para los trabajadores del espectáculo. Sobre todo para quienes hacen producciones. A veces se entregan boletas por un valor mayor de los serivicios prestados. Espero usted me pueda ayudar con esto.

 

Atte,

 

Noelia Arias Guajardo.

Estimado Ministro:

Primero que todo, reconocer su postura pública frente a varias injusticias para los trabajadores chilenos (entre estos, los empleados "del cobre")... Demostró ser (al menos públicamente) la única autoridad del Ejecutivo que se preocupa y defiende los derechos de los trabajadores, incluso mostró mucho mayor fuerza y desición que la propia Presidenta...!

Sin embargo, debo evidenciar la gran deuda que el Estado aún mantiene con una gran cantidad de chilenos que sirven anónimamente en las distintas reparticiones públicas (tanto fiscales como municipales). Me refiero a todos aquellos servidores públicos que, desempeñando funciones propias del respectivo Servicio y de manera permanente en el tiempo, se encuentran contratados bajo la modalidad de "honorarios". Ellos son verdaderos "funcionarios públicos"; no obstante, no son reconocidos como tal.

De hecho, esta situación es una clara vulneración a lo establecido por el Estatuto Administrativo, al derecho de igualdad de condiciones y al propio Código de Buenas Prácticas Laborales impartido por S.E. la Presidenta de la República...

Todas estas personas -chilenas y chilenos como usted y yo- no tienen derecho a previsión social, contratos de trabajo dignos, estabilidad laboral, ni siquiera a ser llamados funcionarios!!!...

Cuando se comenzó a debatir sobre los trabajadores contratistas y sub-contratistas se habló de empleados de 2° y 3° categoría... Pues los "servidores públicos a honorarios" vendrían a ser trabajadores 4° y 5° categoría!!!... Y peor aún, sometidos por el propio Estado chileno, ese Estado que tiene la obligación de protegerlos... Que absurdo e injusto, Sr. Ministro!!!

Insisto y apelo a esa fuerza y convicción que demostró en ocasiones anteriores... Ministro Andrade, acuérdese de esas chilenas y chilenos, pongan fin a esta brutal injusticia!...

Respetuosamente,

Ulises Prado Pérez

Salud, compañeros(as) de un mismo ideal.

LO BUENO

La incorporación de un componente de solidaridad a un régimen previsional, basado únicamente en el ahorro individual de los imponentes, estableciendo un régimen de pensiones mínimas.

LO MALO

No abordar la injusticia que representa la mantención de un régimen "regresivo e injusto" de licencias maternales, según las remuneraciones "imponibles" de las trabajadoras dependientes.

Antes de Pinochet, las licencias maternales se financiaban con las "imposiciones" de salud de "todos los imponentes", fueran hombres o mujeres, lo que implicaba un componente solidario.

Como un medio de incentivar el cambio desde FONASA a las ISAPRES, Pinochet estableció que las licencias maternales serían de cargo fiscal, situación que se mantiene hasta la fecha.

Si no se financian con "imposiciones", no se justifica que el monto se determine según la renta "imponible", pues nadie "impone" para financiarlas.

En estas circunstancias es injusto que el resto de las madres, que no reunan la calidad de trabajadora "dependiente" no tengan derecho a reposo maternal, so pretexto de que no tienen renta "imponible" (nadie impone para ello).

Los subsidios maternales debieran volver a financiarse con imposiciones, o, en caso contrario, ser de un monto igual, y beneficiar a TODAS LAS MADRES.

LO FEO

En mi Post RSE y CPC: Carta Abierta a Hernán Sommerville abordé el tema del perjuicio que significaba para los imponentes el plazo de 10 días otorgado por ley a los empleadores para enterar en las AFP los fondos RETENIDOS A LOS TRABAJADORES, pues el deterioro patrimonial en los Fondos de Pensiones representa varios BILLONES DE PESOS.

Reconocía en este artículo que el plazo era legal, pero implicaba un abuso de derecho, injustificado.

Invocaba la RSE, con la cual hacen gárgaras los organismos que representan a los gremios empresariales.

La reforma previsional no sólo no solucionó el problema, sino que lo agravó, pues el plazo de 10 días se amplió a 13, aumentando con ello el deterioro en los fondos, por este solo concepto, en un 30%.

Resulta demagógico, irresponsable e inconstitucional que el Gobierno y el Ministro del Trabajo pretendan favorecer a los empleadores, A EXPENSAS DE LOS FONDOS DE LOS IMPONENTES.

El plazo histórico de 10 días se justificaba por el trabajo que significaba confeccionar las planillas de imposiciones, lo que con el avance de los sistemas computacionales dejó de ser necesario hace muchos años.

Antes de la creación de las AFP, los trabajadores no sufrían perjuicio alguno por el uso de SUS FONDOS por parte de los empleadores durante 10 días, todos los meses.

Desde la creación de las AFP, ello ha significado un perjuicio REAL para los imponentes.

Las imposiciones en las AFP debieran depositarse en la misma fecha del pago de las remuneraciones, y el aumento de 10 a 13 días en el plazo para enterarlas es una aberración que amerita ser corregida, por el daño que representa en los fondos de los imponentes.

En mi opinión, en esta materia la ley es, incluso, incosdtitucional, pues implica una expropiación de la rentabilidad de las imposiciones por los 13 días de mora en enterarlas, y el Tribunal Constiticional debiera así declararlo si alguien planteara un recurso sobre el tema.

Sin querer queriendo, y en forma excepcional, en los últimos meses, los imponentes no sólo no sufrieron un perjuicio, sino recibieron un beneficio, con la demora en el integro de sus imposiciones, por el deterioro de las inversiones de los fondos en las bolsas mundiales, pero ello no es normal ni justifica que esta anomalía se mantenga.

CICERONE

Muchas gracias Ministro. Ha hecho una muy buen gestión, !!!Siga adelante¡¡¡

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